Recurso administrativo migratorio: cómo impugnar una resolución del SERMIG

Cómo presentar un recurso administrativo ante el SERMIG tras un rechazo o resolución desfavorable: tipos, plazos y requisitos.

Actualizado: 21 de mayo de 2026Por Equipo Editorial

Tipos de recurso

  • Recurso de reposición: ante el mismo órgano que dictó la resolución. Es el primer paso y el más común.
  • Recurso jerárquico: ante el superior jerárquico dentro del SERMIG si el de reposición es rechazado.
  • Recurso extraordinario de revisión: en casos específicos previstos por la ley.

Plazos generales

  • Reposición: 5 días hábiles desde la notificación.
  • Jerárquico: 5 días hábiles desde la notificación del rechazo de reposición.

Cómo presentarlo

  1. Redacta el recurso indicando: tus datos, número de solicitud, resolución impugnada y los fundamentos de hecho y derecho.
  2. Adjunta documentación que respalde tus argumentos.
  3. Preséntalo en la oficina del SERMIG o a través del portal de trámites si está habilitado.
  4. Guarda el comprobante de recepción con fecha y hora.

Recomendaciones

  • No esperes al último día: presenta el recurso con margen suficiente.
  • Identifica claramente el error o la omisión que motiva el recurso.
  • Si el caso es complejo, considera asesoría legal de una organización de apoyo migrante.

Preguntas frecuentes

¿El recurso suspende mi obligación de salir del país?
No necesariamente. Consulta directamente con el SERMIG si la interposición del recurso suspende efectos del acto impugnado en tu caso específico.
¿Puedo presentar el recurso sin abogado?
Sí, no se requiere representación legal obligatoria para los recursos administrativos migratorios, pero contar con asesoría mejora la calidad del escrito.

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