Mi Hijo Nació en Chile y Soy Extranjero: Ciudadanía, RUT y Documentos
Todo sobre la ciudadanía chilena de los hijos de extranjeros nacidos en Chile. Cómo registrar el nacimiento, obtener RUT y cédula, y si puede tener doble nacionalidad.
Si tu hijo o hija nació en territorio chileno, es ciudadano chileno por el principio de ius soli (derecho de suelo), reconocido en el artículo 10 N°1 de la Constitución Política de Chile. Esta ciudadanía es automática y plena, independientemente de la nacionalidad, visa o situación migratoria de los padres.
La excepción al ius soli
La única excepción constitucional son los hijos de personas que se encuentren en Chile en calidad de diplomáticos acreditados ante el Estado chileno o en tránsito. En la práctica:
- Los hijos de trabajadores, residentes, turistas, solicitantes de visa o personas en situación irregular son chilenos si nacen en Chile.
- Solo quedan excluidos los hijos de personal diplomático con acreditación formal.
Registro del nacimiento en el Registro Civil
Inmediatamente después del nacimiento, debes registrar al menor en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI). En la mayoría de los hospitales y clínicas, hay una oficina del Registro Civil o un sistema de registro inmediato. El plazo legal es de 60 días desde el nacimiento.
Documentos que generalmente se requieren:
- Certificado de nacido vivo emitido por el establecimiento de salud.
- Documento de identidad del padre y/o madre que registra (pasaporte o cédula de identidad para extranjeros).
El registro se hace ante el oficial del Registro Civil y es gratuito.
RUT asignado al nacer
Al inscribir el nacimiento, el Registro Civil asigna automáticamente un RUT al recién nacido. Este RUT es el número de identidad chileno del niño para toda su vida. Con el RUT puedes:
- Inscribirlo en el sistema de salud (Fonasa, ficha médica).
- Matricularlo en el sistema educativo.
- Acceder al Programa Chile Crece Contigo.
- Tramitar la cédula de identidad chilena cuando tenga edad.
Cédula de identidad chilena para el menor
Los menores chilenos pueden obtener cédula de identidad desde el nacimiento, aunque no es obligatoria hasta ciertas edades. El pasaporte chileno se puede tramitar en el Registro Civil para viajes internacionales. El pasaporte chileno de un menor de edad requiere autorización de ambos padres.
¿Puede tener también la nacionalidad de los padres?
Sí. La doble nacionalidad desde el nacimiento es posible si el país de origen de los padres reconoce la ciudadanía por descendencia (ius sanguinis). Por ejemplo:
- Un hijo de padres venezolanos nacido en Chile es tanto chileno (por nacimiento en Chile) como venezolano (por descendencia, registrando el nacimiento en el consulado venezolano en Chile).
- Lo mismo aplica para colombianos, peruanos, bolivianos, argentinos y la mayoría de los países de la región, que reconocen la ciudadanía por descendencia.
Para que el menor tenga también la nacionalidad de los padres, generalmente hay que registrar el nacimiento en el consulado del país de origen en Chile. Consulta con el consulado los requisitos y plazos.
¿Cómo afecta la ciudadanía del hijo a los padres?
Tener un hijo chileno no da automáticamente residencia a los padres, pero sí es un factor de arraigo familiar reconocido por la Ley 21.325. Los padres pueden solicitar:
- Visa temporaria por arraigo familiar (padre o madre de hijo chileno). Ver guía completa.
- Este arraigo también fortalece una eventual solicitud de Permanencia Definitiva.
¿Qué pasa si los padres no están regularizados?
La situación migratoria de los padres no afecta la ciudadanía chilena del hijo. Incluso si los padres están en situación irregular, el hijo nacido en Chile es chileno y tiene todos los derechos de un ciudadano. El nacimiento sí puede ser un elemento que el SERMIG considera favorablemente al evaluar la regularización de los padres.